DOJ incentiva la autodivulgación voluntaria de mala conducta delictiva corporativa en la directiva de políticas para las oficinas de los fiscales estadounidenses en todo el país

2023-03-23 15:48:14 By : Mr. Wen Dan

Por James P. Melendres y Alexa SalariEl 22 de febrero de 2023, el Departamento de Justicia ("DOJ") anunció que las 93 Fiscalías de los Estados Unidos en todo el país están implementando, con vigencia inmediata, una Política de autodivulgación voluntaria ("Política") para la mala conducta delictiva empresarial.1 La Política alienta encarecidamente la cooperación y las autodivulgaciones voluntarias prontas al prometer resoluciones más indulgentes (incluidas las declinaciones) y sanciones reducidas para las empresas que autoinforman oportunamente sobre conductas indebidas.2Esta alerta legal analiza los elementos de una autodivulgación voluntaria ("VSD"), los beneficios potenciales de hacer un VSD, una breve historia sobre la Política y conclusiones clave.Para calificar para los incentivos establecidos en la Política, el VSD de una empresa debe ser (1) voluntario, (2) oportuno y (3) incluir todos los hechos relevantes.La divulgación de una empresa debe hacerse voluntariamente.Sin embargo, una divulgación no se considerará un VSD, "cuando exista una obligación preexistente de divulgar, como en virtud de una regulación, un contrato o una resolución previa del [DOJ] (p. ej., acuerdo de no enjuiciamiento o acuerdo de enjuiciamiento diferido)". o cuando la divulgación de la conducta indebida de una empresa “fue realizada por denunciantes, incluidos aquellos que han informado al [DOJ] sobre fraude y otras conductas indebidas en acciones qui tam.”3La divulgación de una empresa debe hacerse oportunamente, lo que significa que se hace:3. Incluye todos los Hechos RelevantesLa divulgación de una empresa debe incluir “todos los hechos relevantes relacionados con la conducta indebida que la empresa conozca en el momento de la divulgación”. la empresa debe dejar en claro que su divulgación se basa en una investigación preliminar o una evaluación de la información, pero, no obstante, debe proporcionar una divulgación completa de los hechos relevantes conocidos en ese momento.”6La Oficina del Fiscal de los Estados Unidos ("USAO") también espera que una empresa "se mueva de manera oportuna para preservar, recopilar y producir documentos y/o información relevante, y proporcionar actualizaciones fácticas oportunas a la USAO".7 Si una empresa lleva a cabo una investigación interna, la USAO espera “actualizaciones fácticas apropiadas a medida que avanza la investigación”. 8En particular, cada USAO respectivo conserva la discreción exclusiva para determinar si una divulgación constituye un VSD y lo hace caso por caso.9Beneficios potenciales para un VSDEn ausencia de la presencia de un factor agravante, descrito a continuación, la USAO “no buscará una declaración de culpabilidad” si una empresa:En los casos en que una empresa cumpla con estas condiciones, una resolución penal puede incluir “una declinación, un acuerdo de no enjuiciamiento o un acuerdo de enjuiciamiento diferido” o la USAO puede “optar por no imponer una sanción penal” en absoluto.11 La USAO tampoco exigir que una empresa ceda el paso a un supervisor de cumplimiento independiente si puede demostrar “en el momento de la resolución que ha implementado y probado un programa de cumplimiento efectivo”.12La USAO se basará en las “disposiciones operativas del Manual de Justicia y la política del [DOJ]” al evaluar si una empresa ha cooperado plenamente y ha remediado oportuna y adecuadamente la conducta delictiva.13 La remediación adecuada debe incluir, entre otros, “la empresa acordando pagar toda devolución, decomiso y restitución que resulte de la mala conducta en cuestión”. políticas de cumplimiento penal, denominado “Memorando de Mónaco”. 15 Esta evaluación debe considerar los recursos desarrollados por la División Criminal del DOJ para ayudar a los fiscales a evaluar la efectividad del programa de cumplimiento de una empresa o la orientación brindada por otros componentes del DOJ en áreas especializadas de cumplimiento corporativo.16Sin embargo, como con cualquier póliza, hay excepciones.La siguiente lista no exhaustiva de factores agravantes puede justificar que la USAO busque una declaración de culpabilidad si la mala conducta:Aun así, la presencia de un factor agravante no significa que se requiera una declaración de culpabilidad.18 En cambio, la USAO evaluará “los hechos y circunstancias relevantes” para determinar una resolución adecuada.19 De hecho, incluso si hay un factor agravante y un la declaración de culpabilidad está justificada para una empresa que voluntariamente ha auto-revelado, cooperado plenamente y remediado oportuna y apropiadamente la conducta criminal, la USAO:La Política se desarrolló de conformidad con el Memorándum de Mónaco, que instruyó a cada componente del Departamento de Justicia que procesa delitos corporativos a redactar y publicar una política de autodivulgación voluntaria si aún no tenía una política formal por escrito.22 A su vez, el Comité Asesor del Fiscal General solicitó que el Subcomité de Fraudes de Cuello Blanco desarrolle dicha política.23Consulte “Damian Williams y Breon Peace anuncian una nueva política de divulgación voluntaria para las oficinas del fiscal de los Estados Unidos (en adelante, “Comunicado de prensa”)”, (22 de febrero de 2023), disponible en https://www.justice.gov/usao- edny/pr/damian-williams-and-breon-peace-anuncian-nueva-política-de-auto-divulgación-voluntaria-unidos;“Política de divulgación voluntaria de las oficinas de los fiscales de los Estados Unidos (en adelante, “Texto de la política”)”, (última visita el 6 de marzo de 2023), disponible en https://www.justice.gov/d9/press-releases/attachments/ 2023/02/22/usao_voluntary_self-disclosure_policy_0.pdf.Consulte el comunicado de prensa y el texto de la política.Texto de la Política en 3 & n.6.Identificación.(citando el Manual de Justicia § 9-28.700).Consulte el Texto de la Política en 3.Identificación.en 4 & n.7, y en 5.Identificación.en 4 & n.7;véase, por ejemplo, Memorándum de la Fiscal General Adjunta Lisa O. Monaco, “Revisiones adicionales de las políticas corporativas de cumplimiento penal tras las discusiones con el Grupo Asesor sobre Delitos Corporativos (en adelante, “Memorando de Mónaco”)”, (15 de septiembre de 2022), disponible en https: //www.justice.gov/opa/speech/file/1535301/download, y Memorándum de la Fiscal General Adjunta Lisa O. Monaco, “Grupo Asesor sobre Delitos Corporativos y Revisiones Iniciales de las Políticas de Ejecución Penal Corporativa”, (28 de octubre de 2021 ), disponible en https://www.justice.gov/d9/pages/attachments/2021/10/28/2021.10.28_dag_memo_re_corporate_enforcement.pdf.Texto de la Política en 5;consulte, p. ej., “Evaluación de los programas de cumplimiento empresarial de la división penal del Departamento de Justicia de EE. UU.” (actualizado en marzo de 2023), disponible en https://www.justice.gov/criminal-fraud/page/file/937501/download.Tenga en cuenta: “En los casos en que la empresa esté siendo procesada conjuntamente por una USAO y otra oficina o componente del [DOJ], o cuando la conducta indebida denunciada por la empresa se encuentre dentro del alcance de la conducta cubierta por las políticas de VSD administradas por otras oficinas del [DOJ] o USAO coordinará con, o, si es necesario, obtendrá la aprobación del componente [DOJ] responsable de la política de VSD específica para la mala conducta denunciada al considerar una posible resolución y antes de finalizar cualquier resolución.De conformidad con las disposiciones pertinentes del Manual de Justicia y según lo permitan las políticas VSD alternativas, la USAO puede optar por aplicar cualquier disposición de una política VSD alternativa además de, o en lugar de, cualquier disposición de esta política”.Texto de la Política en 2 (citas omitidas).comunicado de prensa y texto de la política;Memo de Mónaco a las 7.Gerente sénior de comunicaciones y marketing khart@swlaw.com 702.784.5230